POLÍTICA DE ÉTICA Y BUEN GOBIERNO CORPORATIVO

La alta dirección de OSTEONORTE se compromete a cumplir estrictamente, con apego a las leyes y regulaciones vigentes, los lineamientos establecidos en los Estatutos de la organización y a ejecutar las decisiones del máximo órgano social con lealtad, honestidad y transparencia, así como también se compromete a promover en sus colaboradores y demás grupos de interés relaciones basadas en el respeto mutuo, evitando aquellas que impliquen riesgos de corrupción, sobornos, conflictos de interés o coadyuven a objetivos que no correspondan con esta política.

RIESGOS DE CORRUPCIÓN

Los riesgos que se deben identificar, prevenir y controlar relacionados con la ética y el buen gobierno corporativo se clasifican así:

  1.  Soborno a funcionarios del Estado o particulares delegados para el ejercicio de funciones públicas
  2. Soborno comercial y otras actividades corruptas adoptadas para el beneficio económico de OSTEONORTE o de una persona natural.
  3. Cualquier alteración de registros contables para realizar un fraude, soborno u otros actos indebidos.
  4. Uso de terceras partes, esto es, agentes externos, consultores y otros intermediarios en posibles esquemas de soborno.
  5. Riesgo de corrupción respecto de posibles socios de negocio: Uniones temporales de negocio, consorcios, subsidiarias, fusiones y adquisiciones.
  6. Pagos monetarios y/o en especie para agilizar procesos y trámites (pagos de facilitación).
  7. Pagos monetarios y/o en especie por la captación preferente e indebida de pacientes.
  8. Donaciones filantrópicas y contribuciones caritativas que tengan por finalidad realizar fraudes al sistema (como descapitalizarse o evitar embargos, entre otros actos).
  9. Otras áreas de alto riesgo, como contribuciones políticas ilegales, conflictos de interés, compromisos de compensación, el uso de recursos de la seguridad social en salud para otros fines diferentes a ella, y todos los acuerdos o convenios, así como las prácticas y decisiones concertadas que, directa o indirectamente, tengan por objeto impedir, restringir o falsear el juego de la libre escogencia dentro del SGSSS.